Fin de semana negro para candidatos; tumban candidaturas de dirigentes y coaliciones


Pedro Matías

OAXACA, Oax.  Tribunales Electorales enmiendan la plana a los partidos políticos y tumban candidaturas de los dirigentes estatales del PRD, Carol Antonio Altamirano y del PAN, Juan Mendoza Reyes, así como de la coalición Juntos Hacemos Mas que la integran el PRI-PVEM y Panal por incumplir con el principio de paridad.

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo IEEPCO-CG-57-2016 emitido por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), y suspendió las campañas de los candidatos de la coalición “Juntos hacemos más” -PRI-PVEM-Panal- hasta sustituir a un candidato hombre a diputado local y nombrar a una mujer.

En respuesta, el Comité Directivo Estatal del PRI, sustituyó a Francisco Ángel Maldonado del distrito XVII con sede en Tlacolula y en su lugar fue registrada Sofía Castro Ríos, quien es investigada por un presunto fraude de cerca de 100 millones de pesos por la adquisición de una planta productora de mezcal donde casi triplicó el costo original en el sexenio de Ulises Ruiz Ortiz.

Según la publicación de Excélsior del 11 de enero de 2012, Sofía Castro convocó a formar la unión de sociedades de producción rural de responsabilidad limitada, denominada Magueyeros Chontales y Zapotecos de Yautepec, en la cual su hermano José Castro Ríos aparece como representante legal en enero de 2004.

Dicha unión es una figura jurídica constituida el 19 de enero de 2004 por la licenciada Sofía Castro Ríos, protocolizado ante el notario público número 35, Jorge Winckler Yessin.

Y en 2005, el gobierno de Ulises Ruiz inició gestiones ante la Federación para el “establecimiento de una planta agroindustrial de acopio, rectificación, homogeneización y envasado de mezcal de Oaxaca”, cuya operación se realizó a través de la empresa Leadman Trade SA de CV, como financiera de los productores, firma que fue contratada por el ex tesorero Miguel Ángel Ortega Habib –buscado por la interpol-, por un monto de 100 millones de pesos, contratación que se realizó bajo la modalidad de adjudicación directa, cuando el monto a financiar era únicamente de 37 millones pesos.

La delegada política del CEN del PRI, Carolina Viggiano Austria, declaró que acataron la sustitución porque el PRI cumplirá con la paridad de género y con la determinación de la Sala Regional Xalapa, y ahora su partido tendrá 14 mujeres candidatas y 11 candidatos hombres.

De igual forma, el Tribunal Federal le enmendó la plana al órgano electoral local porque no ajustó el análisis de las propuestas de registro de candidatos presentadas por los partidos políticos y coaliciones a los bloques de competitividad que previamente se habían definido, y en su lugar, aprobó los registros violando los principios de paridad.

El magistrado Adín Antonio de León Gálvez destacó que se trata de un asunto de la mayor importancia “porque los alcances que tiene la revocación del acuerdo IEEPCO-CG-57-2016 es que quedarán sin efecto todos los registros que en el mismo fueron aprobados” y por tanto, la coalición PRI-VERDE y partidos que no cumplan el precepto, de facto, no tendría candidatos para contender en el proceso electoral hasta en tanto no se hagan las modificaciones atinentes.

“Mientras eso suceda no hay candidatos, se suspenden las campañas electorales de los candidatos que previamente habían sido registrados, ya que quedaron revocadas (…) a partir de este momento al quedar revocado el registro de las postulaciones de la coalición integrada por el Revolucionario Institucional y el Verde Ecologista de México, podrá hacer campaña genérica la coalición. Pero ya sin hacer referencia alguna, mientras se resuelva esta situación, a candidaturas en lo individual”, puntualizó.

En esa misma situación se encuentra la coalición “Con Rumbo y Estabilidad por Oaxaca (CREO)”, integrada por el PAN-PRD, quien lleva un hombre de más en el bloque de distritos competitivos y ahora tendrá que bajar a un hombre para subir a una mujer.

Por su parte, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca resolvió el recurso de apelación RA/29/2016 promovido por el Partido de Trabajo ante el IEEPCO, en contra de los acuerdos IEEPCO-CG-57/2016 y IEEPCO-CG-58/2016 por los cuales se registraron las candidaturas de legisladores por el principio de mayoría relativa y representación proporcional, respectivamente, postuladas por los partido políticos y coaliciones para el proceso electoral ordinario 2015-2016.

Dentro de este recurso de apelación, en el cual el tribunal acumuló los medios de impugnación RA/30/2016, RA/31/2016, RA/32/2016, RA/33/2016, JDC/54/2016, JDC/55/2016 y JDC/56/2016 y por existir conexidad en la causa, determinó que el líder del PRD, Carol Antonio Altamirano no se apegó al proceso de selección interna del PAN, ya que no se registró y aún así lo nombraron candidato panista por el distrito de Salina Cruz.

De ahí que, el Tribunal ordenó al Comité Directivo Estatal del PAN proponer de manera inmediata las fórmulas de aspirante al cargo de diputado local por el Distrito Electoral XIX, con cabecera en Salina Cruz.
Este domingo, el Tribunal también revocó el acuerdo del IEEPCO por el que se hace el registro de diputados por el principio de mayoría relativa, postulados por la Coalición con Rumbo y Estabilidad por Oaxaca integrada por el PAN-PRD al determinar que no cumplió con la paridad de género, dado que el bloque competitivo designó a siete candidatos y cinco candidatas.

Por lo que se refiere a la modificación de la lista estatal del PAN, respecto a las candidaturas de diputaciones por el principio de representación proporcional, realizada por el Consejo General del IEEPCO, mediante el acuerdo IEEPCO-CG-58/2016, ordenó se invirtiera la orden de las fórmulas por lo que subió Eufrosina Cruz, quien aprovechándose de su condición de indígena va por su tercera diputación en fila –una local y una federal- sin haber obtenido ni un solo voto.

Mientras que el líder estatal del PAN fue relegado al segundo lugar, sin embargo, la sesión de Tribunal también decidió bajarlo de esa candidatura al considerar que Juan Mendoza Reyes y Joel Isidro Inocente son inelegibles, debido a que no se separaron de sus cargos con la anticipación establecida en sus estatutos.

Con dos votos a favor y uno en contra, por parte del magistrado Víctor Manuel Jiménez Viloria, el TEEO declaró fundado el agravio, toda vez que los demandados no se separaron de sus cargos antes del ocho de octubre del 2015, tal como lo marca el artículo 83, de los estatutos aprobados por la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria y publicado en el Diario Oficial de la Federación, el cinco de noviembre del 2013.

Finalmente, el Tribunal determinó que el Partido Encuentro Social no cumplió con los requisitos constitucionales para postular candidatas y candidatos a diputados por el principio de representación proporcional, en consecuencia, no tiene derecho a registrar candidato alguno por ese principio para el proceso electoral 2015-2016.(pagina3.mx)
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