Valida Suprema Corte que concubinas pueden pedir pensión a exparejas, incluso a casados



La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que las concubinas pueden pedir pensión a exparejas, incluso si se encuentran en  matrimonio civil con otra persona y no se tuvieron hijos.


Fue la primera sala del alto tribunal constitucional la que tomó tal determinación durante la sesión virtual de este martes, tras la discusión de un juicio de amparo interpuesto hace cinco años en Morelos por una mujer vivió en concubinato 12 años con un hombre a quien le demandó el pago de una pensión alimenticia a pesar de que no tuvieron hijos.

Y es que los ministros calificaron de inconstitucional lo dispuesto en el artículo 65 del código civil de Morelos en la parte que define la relación de concubinato por considerarlo discriminatorio, principalmente para las mujeres dada la permisividad que culturalmente se ha adjudicado a los hombres para estar casado y al mismo tiempo, sostener una relación de concubinato.

Fuente: Excélsior/foto: archivo/doh
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