Cuenca: Sujeto es detenido por acuchillar a una persona



*Vicefiscalía regional destaca importancia de la denuncia, el hecho se registró en el 2015 pero a partir de la formalización de la querella en procedimiento abreviado se logró la sentencia
El 06 de diciembre del actual, el Juez de Control de los Juzgados de Garantías de San José Cosolapa, Oaxaca; determinó la culpabilidad de JOM, dentro de la causa penal 339/2015 como probable responsable en la comisión del delito de LESIONES CALIFICADAS CON LA AGRAVANTE DE VENTAJA, cometido en agravio de ARN, dictándole sentencia condenatoria, en la que le impuso la pena de prisión de 02 años con ocho meses.


Los hechos ocurrieron aproximadamente a las veintiún horas con treinta minutos del día cuatro de julio del 2015, cuando la víctima ARN, platicaba con la menor PAC, sobre la calle Gustavo Díaz Ordaz, en Arroyo de Pita, Acatlán de Pérez Figueroa; hasta ese lugar llegó el imputado JOM y se dirigió hacia la menor, la sujetó del cuello con una de sus manos.

Al observar los hechos, la víctima se acercó al imputado diciéndole que se tranquilizara, pero en respuesta el ahora imputado se dirigió a la víctima y sin decirle nada, con un cuchillo lo lesionó en el estómago del lado derecho, al mismo le lanzó otra cuchillada lesionándolo sobre el costado izquierdo del estómago; enseguida la víctima logró correr con dirección a su casa; sin embargo el imputado lo siguió para continuar con su conducta lesiva.

Desahogadas todas las diligencias pertinentes dentro del legajo de Investigación 1770/FTUXT/2015, y llevada a juicio, el ciudadano Juez de control libró la correspondiente orden de aprehensión en contra del citado imputado, misma que fue cumplimentada el 25 de julio del año 2016.

Seguido el proceso correspondiente previo acuerdo de las partes procesales, el 06 de diciembre del año 2016, se determinó someter el presente asunto a través de una de las salidas alternas como lo es el procedimiento abreviado, mediante el cual se dictó sentencia condenatoria contra el imputado JOM, imponiéndose la pena de dos años con ocho meses de prisión.

Dicha sentencia corresponde a la pena mínima, resultante de reducir un tercio a la pena base del antisocial por el que se formuló acusación, así también fue decretado el pago de $20,000.00, por concepto de reparación del daño, mismos que le fueron cubiertos a la víctima ARN, así como el pago que hará el sentenciado por la cantidad de $5,000.00, por haberse acogido al beneficio de la condena condicional por ser procedente.
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